16 dic 2022

Registran amparo ambiental por el lago San Roque

 


El Diario de Villa Carlos Paz - Edición Electrónica (16/12/2022)
Lago San Roque: registran como «amparo ambiental» una demanda por contaminación

La Cámara Contencioso Administrativa de 3° Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó registrar como “amparo ambiental” en el Registro Público de Procesos Colectivos, una causa iniciada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables en contra del Gobierno de la Provincia de Córdoba y de municipios y comunas próximos al lago San Roque. La demanda tiene por objeto la tutela de un bien colectivo, en el caso el ambiente, como así también el ecosistema, el derecho a la salud y la calidad de vida.
En este sentido, la fundación pretende que las entidades demandadas sean condenadas a emprender acciones para evitar y hacer cesar el volcamiento de residuos peligrosos, efluentes cloacales sin tratamiento y/o cualquier sustancia que cause la contaminación de la cuenca. También piden hacer cesar la construcción y avances de obras públicas y privadas que impacten de manera negativa sobre el lago y prevenir conductas contaminantes que vulneren o amenacen la integridad ecológica y ambiental del lago San Roque, sus ríos y arroyos tributarios (Cosquín, San Antonio, Los Chorrillos y las Mojarras). La acción de amparo también requiere la urgente recomposición y remediación de la cuenca mediante la implementación de una gestión ambiental conjunta e integral a partir de la conformación de un Comité de Cuenca.
En su resolución, el tribunal aclaró que las cuestiones relacionadas con la obra “Alternativa Ruta Nacional N° 38, Tramo Variante Costa Azul- La Cumbre”, mencionada por la fundación en su demanda, no integran el objeto de esta acción por encontrarse comprendida en otra causa radicada en la Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación.
En cuanto a los sujetos demandados, el grupo está compuesto por el Gobierno de la Provincia de Córdoba (Ministerio de Servicios Públicos y Secretaría de Ambiente), la Administración Provincial de Recursos Hídricos de la Provincia de Córdoba (APRHI); los municipios de La Falda, Villa Giardino, Valle Hermoso, Huerta Grande, Cosquín, Santa María de Punilla, Bialet Masse, Villa Santa Cruz del Lago, Villa Carlos Paz, Tanti, Icho Cruz y San Antonio de Arredondo y las comunas de San Roque, Mayu Sumaj, Casa Grande, Estancia Vieja, Parque Siquiman, Cabalango, Cuesta Blanca y Tala Huasi.

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Comercio y Justicia (16/12/2022)
Registran como amparo ambiental denuncia de Fundeps contra el Gobierno provincial, municipios y comunas

Se trata de una demanda presentada en noviembre. Reclaman el cese de obras que afecta el lago San Roque. Apuntan a proteger un bien colectivo que consideran se encuentra amenazado
La Cámara Contencioso-administrativa de 3ª Nominación de la ciudad de Córdoba ordenó registrar como “amparo ambiental” en el Registro Público de Procesos Colectivos, una causa iniciada por la Fundación para el Desarrollo de Políticas Sustentables (Fundeps) en contra del Gobierno de la Provincia de Córdoba y de municipios y comunas próximos al lago San Roque.
La demanda tiene por objeto la tutela de un bien colectivo, en el caso el ambiente, así como el ecosistema, el derecho a la salud y la calidad de vida.
En este sentido, la Fundeps pretende que las entidades demandadas sean condenadas a emprender acciones para evitar y hacer cesar el volcamiento de residuos peligrosos, efluentes cloacales sin tratamiento y/o cualquier sustancia que cause la contaminación de la cuenca.
También, hacer cesar la construcción y avances de obras públicas y privadas que afecten de manera negativa el lago y prevenir conductas contaminantes que vulneren o amenacen su integridad ecológica y ambiental, y la de sus sus ríos y arroyos tributarios (Cosquín, San Antonio, Los Chorrillos y las Mojarras). La acción de amparo también requiere la urgente recomposición y remediación de la cuenca mediante la implementación de una gestión ambiental conjunta e integral a partir de la conformación de un comité de cuenca.
En su resolución, el tribunal aclaró que las cuestiones relacionadas con la obra “Alternativa Ruta Nacional N° 38, Tramo Variante Costa Azul- La Cumbre”, mencionada por Fundeps en su demanda, no integran el objeto de esta acción por encontrarse comprendidas en otra causa radicada en la Cámara Contencioso-administrativa de 2ª Nominación.
En cuanto a los sujetos demandados, el grupo está compuesto por el Gobierno de la Provincia de Córdoba (Ministerio de Servicios Públicos y Secretaría de Ambiente), la Administración Provincial de Recursos Hídricos de la Provincia (APRHI); los municipios de La Falda, Villa Giardino, Valle Hermoso, Huerta Grande, Cosquín, Santa María de Punilla, Bialet Masse, Villa Santa Cruz del Lago, Villa Carlos Paz, Tanti, Icho Cruz y San Antonio de Arredondo; y las comunas de San Roque, Mayu Sumaj, Casa Grande, Estancia Vieja, Parque Siquiman, Cabalango, Cuesta Blanca y Tala Huasi.
En la fundación explicaron que el pedido de amparo surge después de haber realizado un informe diagnóstico sobre los recursos hídricos de Córdoba, en el que “plasmamos su estado actual, las causas de contaminación, las consecuencias que esto genera en el ambiente, en la comunidad y en la biodiversidad, y realizamos una serie de recomendaciones a las autoridades”, detallaron.
“Según pudimos determinar, la principal causa de contaminación es la falta o la deficiencia de políticas públicas acordes”, agregaron, que “se traduce en mala gestión de los efluentes cloacales y de los residuos sólidos urbanos, deforestación, contaminación con agroquímicos, incendios, falta de estudios de impacto ambiental en las obras públicas y privadas, entre otras, todo lo cual termina afectando seriamente a los cursos de agua”.
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