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20 oct 2009

Inquietud por un proyecto de explotación minera

La Voz del Interior (20/10/2009)
Inquietud en Traslasierra por un proyecto de explotación minera



Extraerían caolín en la zona serrana, en jurisdicción de la comuna de Las Calles.
El jefe comunal Juan Matos y vecinos de la pequeña localidad de Las Calles, contigua a Nono, hicieron pública su preocupación por la posible explotación de caolín por parte de una fábrica dedicada a la construcción de ladrillos refractarios.
Según los vecinos, la explotación de la mina Belén –ubicada en la zona denominada El Huayco– podría llegar a contaminar el arroyo Consulta, proveedor de agua de esa localidad. Para el miércoles, esperan una audiencia con el secretario de Minería de la Provincia, Aldo Bonalumi.
Con una presentación formulada ante esa repartición provincial, los vecinos, el jefe comunal y el Centro de Derechos Humanos y Ambiente (Cedha) de Córdoba, solicitaron información, participación en el expediente y una audiencia con la autoridad.
El caolín es una materia arcillosa blanca requerida para la fabricación de porcelanas, aprestos y medicamentos.
A cielo abierto. "La mina consistiría en un frente a cielo abierto de 50 metros de largo, y el desprendimiento del material se realizará mediante el uso de voladuras", dijo Paloma Nottebohm, propietaria de un campo colindante a la proyectada mina. "Lo más preocupante es que el frente de explotación principal está ubicado sobre el cauce del arroyo Consulta, cuando el Código de Minería exige al menos 50 metros. Si se pone en marcha esta mina, no sólo van a contaminar el agua del pueblo sino que habrá impactos irreversibles relacionados con la geomorfología, el paisaje y el suelo", advirtió.
En la década del ’50, la mina fue explotada. Actualmente, además de estar atravesada por el arroyo, la zona que la rodea tiene abundante vegetación, con bosques de talas, aromillos y algarrobos.
Audiencia, mañana. En una entrevista realizada por Radio El Grito, de Nono, el secretario de Minería de la Provincia, Aldo Bonalumi, reconoció que el expediente para la habilitación de la mina está iniciado, aunque aún no aprobado.
"Existe la posibilidad y la estamos evaluando, pero la gente tiene que quedarse tranquila porque hasta que no esté aprobado el informe de impacto ambiental no habrá explotación de ninguna naturaleza" enfatizó el funcionario. Bonalumi argumentó luego: "El planeta es una roca y todos vivimos de eso; los minerales están donde los puso la naturaleza, el problema es cuando no hay planificación urbana en una comuna y se lotea al lado de una mina. En realidad, el 99 por ciento de las minas estuvieron antes que la urbanización".
Mientras, los vecinos del lugar que se agruparon para reclamar por esta cuestión anticiparon que van a concientizar a la población sobre las consecuencias de la minería a cielo abierto. Algunos, junto a miembros de la comuna, asistirán el miércoles a la audiencia en la Secretaría de Minería.
Las Calles es un pequeño pueblo serrano, de unos 750 habitantes, con un gran crecimiento turístico en la última década.

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17 sept 2009

En Las Calles libre de agrotóxicos

Diario Democracia de Villa Dolores (16/09/2009)
En Las Calles declaran esa zona libre de agrotóxicos

Dentro de la problemática ambiental que lentamente va modificando nuestro ecosistema, a la vez borrando de la tierra miles de animales únicos en su especie, en nuestra zona, por ejemplo, se ha alterado el clima notablemente, los vientos son muchos más fuertes que años atrás.
El cultivo de la soja, otro punto a tener en cuenta debilita el suelo y se pierde sus nutrientes. En tanto que las zonas de montaña, los incendios arrasan con arboledas y pastizales, sin dejar indicios de que existió un cúmulo de plantas. Dentro de este entramado, el uso de productos químicos también es una agresión y erosión del territorio que nos brinda sus frutos y habitad para subsistir como simples seres humanos.
Dentro de estos puntos a tener en cuenta, ya no solamente por ambientalistas, si no por personas con sentido común, se da el caso de las autoridades de la Comuna de Las Calles, ya que a través de la Resolución N° 41/08 y bajo la Ley General del Ambiente 25675, luego de que se haya comprobado que la aplicación de agroquímicos producen daño a la salud de la población y sus ecosistemas, pretende que los vecinos preserven nuestro medio ambiente.

En los considerandos de la citada resolución, se señala lo siguiente:
-Que es responsabilidad y prioridad de esta Comuna, velar por la seguridad de las personas.
-Convenio de Basilea, acuerdo multilateral sobre residuos más importantes, estableciendo un régimen normativo global para la minimización de la generación, el manejo ambientalmente adecuado de los residuos peligrosos y el control de sus movimientos transfronterizos.
-Convenio de Rotterdam, sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado, previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos del comercio Internacional.
-Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes.
-Agenda XXI-Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo- Río de Janeiro, Brasil - Junio de 1992.
-Disposiciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).
-Disposiciones de la Agencia Norteamericana para la Protección del Ambiente (EPA).
-Constitución de la República Argentina.
-Ley 24051 de Residuos Peligrosos, generación, manipulación, transporte y tratamiento.
-Ley 25612 de Presupuestos Mínimos de residuos Industriales.
-Ley 25675 Ley General de Política Ambiental.
-Ley 25831 de Información Pública Ambiental.
-Ley Provincial 9164 sobre productos químicos o biológicos de uso agropecuario.
Por estos considerando y principios constitucionales es que, la comisión resuelve:
Artículo 1°) Prohíbase dentro del ejido de la Comuna de Las Calles, la aplicación aérea de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y/o forestal.
Artículo 2°) Prohíbase la aplicación terrestre de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y/o forestal en todo el territorio de la Comuna.
Artículo 3°) La aplicación, manipulación, transporte, tenencia y toda actividad referida o que involucre en alguna de sus formas o estados a cualquier agroquímicos deberá regirse de acuerdo a lo establecido en la ley N° 9164.
Artículo 4°) Prohíbase el fraccionamiento, deposito, tenencia y aplicación de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y/o forestal para el control de plagas urbanas o aplicación de uso domiciliario u hogareño sin la correspondiente receta fitosanitaria.
Artículo 5°) Establézcase un régimen de promoción para actividades alternativas de producción orgánica, vegetal o animal.
Artículo 6°) Declárese a la Comuna de Las Calles, «Zona libre de Agro tóxicos y/o Organismos Modificados Genéticamente».
Artículo 7°) Invitar explícitamente a los municipios y comunas integrantes de la zona del Valle de Traslasierra a que adhieran o sancionen normas semejantes, y a coordinar entre todos una reglamentación que integre objetivos e instrumentos de contralor y sanción.
Artículo 8°) El órgano de aplicación será la Comisión Comunal.

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