4 oct 2006

Aprueban norma de agroquímicos

La Mañana de Córdoba (04/10/2006)
Aprueban norma de agroquímicos

Tras una tumultuosa votación fue aprobado ayer el proyecto de ordenanza que fija una zona de resguardo ambiental de 500 metros en los que está prohibido aplicar agroquímicos.La votación de tan polémica norma derivó en la fractura del bloque oficialista y la renuncia de su presidente Francisco Muratore.
En un prolongado debate que fue seguido por medio centenar de personas que defendieron las posturas enfrentadas de los productores rurales y los habitantes de barrios periféricos preocupados por los potenciales efectos sobre la salud que tienen esos productos, los concejales expusieron sus opiniones sobre la ordenanza que fuera enviada por el Departamento Ejecutivo en marzo de este año.
El resultado de la votación dejó en claro la división del bloque oficialista entre el grupo más cercano al Departamento Ejecutivo y los concejales que han optado por una posición crítica respecto a algunas decisiones que toma el gobierno de Hugo Madonna.
La aprobación de esta ordenanza resistida por los agricultores puede tener impacto a nivel provincial, ya que desde distintos sectores se puso al de San Francisco como un caso testigo a nivel provincial, respecto a la regulación del uso de productos químicos en los sistemas productivos.
La ordenanza aprobada, que establece la adhesión a la ley 9164 que regula la utilización de agroquímicos, contiene algunas modificaciones sobre el texto original que se diera a conocer oportunamente.
En lo esencial se crea una zona de resguardo ambiental conformada por la planta urbana o núcleos poblacionales de la ciudad mas un radio de 500 metros a partir de su límite. Dentro de esa zona queda prohibida la utilización de cualquier producto químico destinado a la fumigación o fertilización, excepto aquellos que sean autorizados por la Secretaría de Salud. Fuera de esta “zona de exclusión” y dentro de un radio de 1000 metros sólo podrán aplicarse productos de clase III y IV, siempre bajo la autorización del municipio y dentro de las disposiciones de la ley provincial Nº 9164. Las fumigaciones aéreas quedan prohibidas en un radio de 2000 metros a partir de la zona urbanizada.

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