11 oct 2006

Sancionan ley de incendios

La Voz del Interior (11/10/2006)
Incendios: sancionan ley que agrava penas

La Legislatura Unicameral cordobesa se apresta a sancionar hoy la ley que agravará las sanciones para las personas que generen incendios.
Ayer al mediodía, las comisiones de Legislación General y de Asuntos Ecológicos emitió un dictamen con el voto favorable del bloque de la mayoría (Unión por Córdoba) y de la bancada radical, aunque ésta planteó quejas por entender que hubo tratamiento expeditivo por parte del oficialismo.
El proyecto de ley impulsado por los Legisladores Carlos Massei y Francisco Fortuna (UPC) sustituye un artículo del Código de Faltas Provincial referido al peligro de incendio.
La propuesta modifica el artículo 79 del Código de Faltas para que la pena de arresto sea de cumplimiento efectivo y que no se pueda sustituir por multa para todos aquellos que prendan fuego “sin observar las precauciones para evitar la propagación”.
Establece que “serán sancionados con multa de hasta 50 Unidades de Multa (unos $ 1.250), o arresto de hasta 30 días los que, sin causar incendios, prendieren fuego en predios urbanos o rurales, en los caminos y en zonas de esparcimiento, públicas o privadas, sin observar las precauciones necesarias para evitar su propagación”.
La pena será de hasta 60 días de arresto, no redimible por multa, cuando el fuego se prendiere durante los períodos en que el poder Ejecutivo Provincial haya declarado la emergencia ambiental por riesgo de incendio”.

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