7 feb 2020

Cormecor modifica su proyecto




La Voz del Interior (07/02/2020)
Cormecor quita una fosa y quiere habilitar el predio en abril

Comenzar con los trabajos en una de las fosas del predio y lograr la habilitación del complejo ambiental en abril. Esos son los dos pedidos centrales que encierra la apelación que presentó Cormecor ante la Cámara Contencioso Administrativa de 1ª Nominación, que a fines de diciembre dio lugar al amparo que frenó la instalación del predio de enterramiento en Villa Parque Santa Ana por no cumplir con “los requisitos socioambientales”.
“Morigerar y permitir la utilización de las partes no afectadas al fallo” es uno de los requerimientos centrales del recurso de amparo presentado por la corporación intercomunal, y que ahora deberá resolver el Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
“La solución ofrecida es iniciar las tareas de disposición en el módulo II, ubicado al este del módulo I, es decir, el más alejado de Villa Parque Santa Ana. El inicio de este se encuentra a más de cuatro kilómetros del borde urbano de la citada localidad, cumpliendo de este modo con la recomendación del Instituto Superior de Estudios Ambientales (Isea) y no realizando ningún cambio en el proyecto aprobado en lo que respecta a la licencia ambiental”, pide Cormecor en el escrito suscrito por el nuevo patrocinio letrado a cargo de Daniel Ignacio Segura.
En rigor, lo que solicita la empresa es reducir la capacidad del complejo ambiental destinado al tratamiento de residuos sólidos urbanos a la mitad para comenzar a operar en el predio. En el plan original que elaboró Cormecor se diseñaron dos fosas. La primera es la que está más cerca del radio urbano de Villa Parque Santa Ana. Eliminar una de ellas significa reducir a la mitad la vida útil de 15 años y cuatro meses que tienen ambas fosas, según el peritaje oficial, sino se incorporan prácticas de reciclaje.
El fallo de la Cámara utiliza como principal argumento para hacer lugar al amparo que el predio no respeta los cuatro kilómetros de separación (dos de exclusión absoluta y otra como zona buffer) que establece el análisis del Isea de la UNC sobre la instalación de enterramientos sanitarios.
La decisión de anular una de las fosas para ganar mayor distancia entre el radio urbano de Villa Parque Santa Ana y el predio de Cormecor fue anticipada hace unas semanas por La Voz. El pedido judicial de Cormecor, además, señala que hay otras distancias por tener en cuenta, como los 4.250 metros que separan el final de módulo II hasta la primera casa en Villa Parque Santa Ana.

Riesgo ambiental
El ente intercomunal argumenta que su pedido responde al “riesgo ambiental” inminente que existe porque el actual predio está llegando al límite de capacidad. Por eso le pide al TSJ que haga “lugar al recurso de apelación interpuesto (...) con un plazo no mayor a 60 días; es decir, para principios de abril se podría estimar la habilitación del complejo ambiental”.
Cormecor hace hincapié en el plazo fatal que pesa sobre Piedra Blanca, que recibe cerca de 68 mil toneladas de basura mensuales de Córdoba capital y del área metropolitana. De acuerdo con la empresa, el enterramiento –habilitado hace casi una década de manera provisoria– colmará su capacidad en junio del año próximo. No obstante señala que como una medida excepcional podría extender su vida útil cuatro meses más en caso de ser necesario.
Además, estima que para comenzar a operar el complejo Cormecor necesita 18 meses. En ese plazo debería realizar obras complementarias en el predio: conexión de servicios, obras de desagües, movilización del equipo, así como comenzar un nuevo proceso de licitación.
A fines del año pasado, Cormecor extendió el plazo de las tres empresas que pretenden operar el predio hasta junio. En caso de quedar firme la construcción de una sola fosa, se tendría que armar un nuevo pliego, estiman los técnicos.

Nueva dirección
A la apelación que presentó Cormecor el martes pasado se le agregaron las de la Municipalidad de Córdoba y la Provincia, también demandadas en la causa.
La estrategia de las tres defensas tienen un denominador común: cuestionan que la Cámara haya seguido al pie de la letra las recomendaciones que realizó en cuanto a la distancia el estudio elaborado por el Isea.

Cada parte tiene que pagar sus abogados
La regla general en el Derecho es que las costas corren por cuenta de la parte que perdió. No obstante, puede haber excepciones. En el fallo por el amparo que frenó la instalación del complejo ambiental de Cormecor en Villa Parque Santa Ana, la Cámara Contencioso Administrativo de 1ª Nominación señaló que las costas las deben afrontar cada una de las partes.
La decisión de la Cámara motivó a que los tres asesores letrados que intervienen en la causa –representando a la Municipalidad de Villa Parque Santa Ana, los vecinos y los dueños de los campos lindantes– apelaran ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) el último apartado del fallo. A esos tres expedientes se suma otro más de uno de los abogados que delegó la representación hace unos meses.
“En cuanto a las costas del juicio, corresponde que sean impuestos por el orden causado, salvo lo relativo a los honorarios de los señores peritos (...)”, establece el texto judicial.
Para la abogada de los vecinos, Lorena Fernández Millicay, la decisión del tribunal “sienta un grave precedente para las causas ambientales”.
“El fallo contradice leyes ambientales más importantes, como la Ley General del Ambiente y el Acuerdo de Azcazú, que sostienen que en materia de amparo ambiental no puede haber restricciones de acceso a la Justicia. Esto es un correctivo que les aplican a quienes tienen intereses de litigar en materia ambiental”, señaló.

Las claves del fallo: La distancia, la objeción
Señala que no hay 4 km entre el predio y el borde urbano.
Apartado 23. Allí marca que los aspectos objetados son dos: la distancia y la falta del estudio socio ambiental, es decir, la consulta a los vecinos de Villa Parque Santa Ana .
Sobre el resto de los requerimientos técnicos –superficie, vida útil, profundidad del freático, geomorfología y todos los aspectos hídricos, entre otros–, el tribunal concluye que el proyecto sigue los lineamientos establecidos por el estudio de impacto ambiental realizado por la firma Goeambiental a pedido de Cormecor.

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