13 abr 2010

La Justicia falló a favor del horno de Villa Allende

Día a Día (13/04/2010)
La Justicia falló a favor del horno de Villa Allende

Dijo que la contaminación detectada no es responsabilidad del quemadero.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de 2ª Nominación de Córdoba falló días atrás en contra de la Provincia en el juicio por el cierre del horno de residuos patógenos de Villa Allende. Según la resolución de los jueces, la Provincia debe en 60 días rehabilitar el quematorio o indemnizar a su propietario, Víctor Hugo Benatti, si por razones de interés público decide mantenerlo cerrado.
La disposición judicial determinó que la contaminación con hexaclorobenceno que se detectó en la sangre de algunos vecinos de Villa Allende no es atribuible a las emanaciones del horno, al tiempo que criticó duramente el informe técnico sobre el que apoyó la Provincia su decisión de clausurar el establecimiento industrial.
Guillermo Torres Aliaga, abogado de Benatti, reconoció que la Provincia apeló el fallo de primera instancia, por lo que el caso llegará ahora al Tribunal Superior de Justicia. “No lo hemos determinado, pero seguramente la indemnización será muy importante”, le dijo el letrado a Día a Día.
El otro juicio por el cierre del crematorio de cadáveres, que funcionaba en el mismo predio y que fue cerrado por el municipio local, también está a resolución del Máximo Tribunal, luego de que la cámara fallara en contra de Benatti y éste apelara tal decisión.

Ver Noticia On Line

----------------------------------------------------------------------------------

La Mañana de Córdoba (13/04/2010)
Apelan fallo favorable al ex Civa

El gobierno provincial a través de la Secretaría de Ambiente apeló ante el Tribunal Superior de Justicia un fallo emitido hace casi un mes por la Cámara Contenciosa Administrativa Número II, que consideró que el horno pirolítico para quemar residuos patógenos que funcionaba en el ex Complejo Incinerador Villa Allende (Civa) no era contaminante ni dañaba la salud de los vecinos cercanos al lugar.
En la resolución de la Cámara se tomaron en cuenta una serie de testimonios y estudios técnicos cuyos resultados no permitieron concluir, según los integrantes del organismo judicial, que la actividad de Civa fuera perjudicial para el ambiente y los habitantes del barrio donde estaba enclavado el complejo.
Además se exigió a la Provincia que en un término de 60 días se pronuncie sobre si existen razones concretas para que no funcione Civa, para proceder si ello ocurriese a indemnizar al propietario de la misma. Como la medida fue apelada al Tribunal Superior, esta última exigencia de la Cámara quedó en suspenso.

Ver Noticia On Line

0 comentarios:

Buscar este blog

Blog Archive

Temas

Archivo de Blogs