6 dic 2007

Imputación por contaminar

La Voz del Interior (06/12/2007)
Imputación agravada por contaminación del ambiente

Como grave derivación de una denuncia contra los responsables del crematorio de la ciudad de Villa Allende, por contaminación ambiental con perjuicio para la salud de las personas, la Justicia de la Capital investigará esa conducta como “dolosa”, es decir voluntaria, en vez de la figura culposa que se manejó hasta ahora.
Así lo decidió el fiscal de la Cámara de Acusación, Jorge Leiva, al resolver un conflicto de competencia suscitado entre el fiscal del fuero especial económico y anticorrupción, Hugo Amayusco, y la fiscal de Instrucción María Dolores Romero Díaz, ordenando que sea ésta quien continúe la investigación.
Según trascendió, las imputaciones no comprenderían sólo a quienes aparecen como directos responsables del crematorio, sino también a quienes permitieron el funcionamiento irregular de las instalaciones.

Una denuncia
El caso judicial comenzó hace tiempo, cuando el biólogo Raúl Montenegro, de la Fundación para el Medio Ambiente (Funam), presentó una denuncia en el Juzgado Federal N° 3 de Córdoba.
Montenegro pidió que se investigue la supuesta contaminación ambiental producida por la incineración de residuos patógenos, en el crematorio del emprendimiento Nuestra Señora del Carmen y Complejo de Incineración de Villa Allende.
Esas actuaciones fueron derivadas luego a la Justicia provincial, recayendo el expediente en la Fiscalía de Amayusco, ya que por entonces el delito más grave que integraba la denuncia era el de defraudación calificada a la administración pública.
Sin embargo, luego de ordenar diversas medidas de prueba, que incluyeron una pericia ambiental e inspecciones en el crematorio, Amayusco consideró que el caso constituía hechos de mayor gravedad, ajenos a su competencia especial, que debían ser investigados por el fuero común.
Concretamente, el fiscal anticorrupción sostuvo que se estaba frente a un caso de “contaminación, adulteración o envenenamiento mediante la utilización de residuos peligrosos doloso”, conforme la calificación que establece la Ley 24.051 de protección del medio ambiente.
En ese caso, la situación de los principales sospechados, el titular del predio, Víctor Hugo Benatti, y el responsable técnico de la planta, el ingeniero químico Alejandro Enrique Carranza, es más complicada, ya que de ser investigados por una supuesta conducta culposa, es decir por imprudencia, negligencia, impericia o inobservancia de reglamentos y deberes a su cargo, pasan a ser encuadrados como actores dolosos.

Antecedentes de peso
En ese orden de cosas, Amayusco reseñó diversos antecedentes que surgen de las pruebas, que revelan deficiencias y mala utilización de los hornos destinados a la incineración de residuos; excesos en la cantidad de material que podía procesarse por día, y otras infracciones graves a la normativa que rige en esos casos.
Además, agregó, se liberaban líquidos sin tratamiento hacia un pozo absorbente, afectando en consecuencia la primera napa con residuos de metales pesados tales como arsénico, cromo, plomo, zinc.
Luego de fijar esa posición, Amayusco remitió el expediente a la fiscal Romero Díaz, considerando que el caso era de su competencia, pero ésta discrepó y sostuvo que por diversas razones, entre ellas evitar un retardo en la investigación, correspondía que siga interviniendo el fiscal anticorrupción.
Ante esa diferencia de criterios intervino el fiscal de la Cámara de Acusación, quien coincidió con Amayusco y dispuso que la investigación quede a cargo de Romero Díaz.
Leiva entendió que el delito a investigar y por el cual se ordenarán las imputaciones es el de contaminación dolosa del medio ambiente, que prevé penas de prisión o reclusión de tres a 10 años, el cual corresponde que lo investigue el fuero común.
Además, destacó la importancia de determinar oportunamente, frente a un cambio de calificación legal, la competencia material en la continuación de la investigación, para evitar eventuales nulidades de los actos procesales a cumplir.

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De la denuncia al cierre

Los temores iniciales: Centro de Incineración Villa Allende (Civa). El crematorio fue instalado en la década del ‘90 en el barrio Pan de Azúcar.
Reclamo: En setiembre de 2004, los vecinos del sector (unas 720 personas) exigieron el cierre de la planta o su relocalización por las emisiones de humo, el mal olor y la presencia de cenizas en los alrededores.

Respuestas y acciones
En regla: El titular del complejo, Víctor Benatti, afirmó en 2005 que el establecimiento cumplía con requisitos técnicos y tenía habilitaciones nacional, provincial y municipal.
Cierre: En noviembre de 2004 se clausuró la actividad de incineración de residuos patógenos y la cremación. El cierre definitivo fue en marzo de 2005.

La vía judicial
Apelación: En mayo de 2005, la Justicia rechazó un amparo de Benatti contra el cierre de la planta, al entender que había indicios de contaminación.
Querellantes: Seis vecinos plantearon una querella judicial contra Civa en marzo de 2006, por los resultados de estudios médicos que indicarían afecciones por emanaciones tóxicas.

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Los vecinos confían en la acción de la Justicia

Superada la etapa de los reclamos para el cierre de la planta incineradora de residuos patógenos y el crematorio Nuestra Señora del Carmen -objetivo logrado hace dos años-, ahora los vecinos del barrio Pan de Azúcar esperan que se resuelva una serie de acciones vinculadas a las responsabilidades de quienes posibilitaron la actividad de la empresa Civa, además de la restitución de los terrenos donde levantó el establecimiento y se efectúe la remediación del lugar.
Mariana Wallace, una de los residentes en la zona que integró el grupo que comenzó con los planteos, afirmó que con sus pronunciamientos, "la Justicia se ha mostrado sensible a los derechos colectivos difusos", para enfatizar que los vecinos sostendrán la colaboración y "la fe ciega" en la institución judicial.
Recordó que hay pendientes de resolución unas 80 querellas que involucran a funcionarios municipales y provinciales, porque "la contaminación no vino en forma exclusiva de la mano de los operadores (de Civa), sino que hubo irregularidades administrativas que ayudaron".
Respecto a la devolución de los predios donde funcionó la planta, la empresa apeló un fallo de primera instancia que le fue desfavorable y ahora se espera un fallo de la cámara en lo civil.
En tanto, Alexis Asís, otro de los vecinos, indicó que esperan que la firma realice la remediación del área de acción, como etapa necesaria para cerrar el proceso preventivo.
"El murallón que rodea la planta es un ícono que debe caer", expresó Asís.

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