25 sept 2011

Prohibirán tener de mascotas no domésticas

La Voz del Interior (25/09/2011)
Prohibirán tener de mascotas a especies no domésticas



Tortugas, lagartos, serpientes y muchos pájaros no podrán estar en el hogar. La norma apunta sobre todo a cortar el tráfico.
En pocos días, Córdoba será la primera provincia argentina que prohibirá expresamente no sólo la venta sino la tenencia particular de especies de fauna que no sean estrictamente domésticas.
Tortugas, lagartos, serpientes y la mayoría de los pájaros silvestres, entre muchas otras especies, no podrían estar en ningún hogar.
El decreto que reglamenta en ese punto la ley de ambiente 7.343 ya tiene el aval del área jurídica del Gobierno y está, en su última instancia, “a la firma” del gobernador.
Se admite, por razones operativas y sentido común, que la nueva norma no implicará que haya inspecciones casa por casa para detectar y decomisar un zorzal o una tortuga.
Pero sí se plantea como un intento para cortar el tráfico ilegal de especies, limitar su venta y crear conciencia sobre los riesgos de enfermedades y accidentes que muchos de esos animales pueden generar.
Peligrosas. Oscar De Allende, director de Recursos Naturales de la Secretaría de Ambiente provincial, señaló que desde el año pasado se viene analizando una norma restrictiva “para combatir el mascotismo mal entendido”.
Entre otros, se debatió con especialistas de hospitales y centros médicos sobre los casos de mordeduras o patologías transmitidas por especies no domésticas, pero que muchos tratan como mascotas, como arañas, serpientes o ciertas aves, entre otras.
En principio se analizó promover una ley. Luego se concluyó que un decreto reglamentario alcanzaba.
Según De Allende, la norma establecerá que “no se puede tener como mascota, en ningún lugar de esta provincia, a especies de fauna silvestre, sea autóctona o exótica. Y mucho menos se pueden vender: eso ya estaba prohibido”. El decreto habilitará al decomiso de esos animales.
Otra novedad es que tampoco se autorizará ya que esa fauna forme parte de exposiciones móviles, hasta ahora permitidas. “La única excepción para su tenencia serán los lugares de exposición estables y permanentes, como zoológicos o reservas, mientras tengan autorizaciones y papeles en regla”, precisó.
Por razones jurisdiccionales, no se podría impedir el tránsito, por ejemplo, de una provincia a otra. Sin embargo, De Allende comentó que con la Dirección de Fauna de la Nación se viene conversando la idea de promover que esta regulación se extienda a otras provincias.
Las prohibidas. Si bien los controles a cada domicilio se asumen como imposibles, sí cabrá ahora la posibilidad de que algún vecino denuncie al tenedor de alguna especie que no esté permitida, y que represente además de una ilegalidad, un riesgo para la salud.
Entre las especies que no se podría tener como mascotas en hogares aparecen todas las clases de serpientes, lagartos, iguanas, tortugas, arañas, escorpiones y pumas, entre otras de una larga lista.
Tampoco pájaros de captura y venta habitual como reina mora, zorzal, cardenal, rey del bosque, jilguero y corbatita.
Según se adelantó, la excepción en materia de pájaros involucraría especies típicas de cría como canarios, loros australianos, calafates y diamantes amarillos.
La lista definitiva se publicará junto con el decreto, en el Boletín Oficial, en los próximos días.
Desde Recursos Naturales se comentó que por mes se realizan liberaciones de cientos de pájaros, producto de decomisos en puntos de acopio y venta. Ahora, para restringir más aún el tráfico ilegal, se prohibirá la tenencia en hogares.

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