9 dic 2009

Legisladores piden no se autorice una mina

Diario Democracia de Villa Dolores (09/12/2009)
A cielo abierto o subterránea. Legisladores piden no se autorice a funcionar una mina

Ha llegado a nuestra redacción, un proyecto presentado en la Legislatura Provincial, por los legisladores de Traslasierra: Soledad Calvo Aguado, Italo Gudiño, Esmeralda Rodríguez, Mabel del Cármen Genta y Alfredo Altamirano, donde se expresa lo siguiente:
«Recomendar al Poder Ejecutivo Provincial para que disponga a través de la Secretaría de Minería de la Provincia de Córdoba, la suspensión del otorgamiento de permisos o en su caso concesión de exploración a cielo abierto o subterránea de una mina de Caolín denominada Mina «Belén» según expediente 10753, a la Empresa Rafael M. Valls, en el paraje El Huaico y El Huacle jurisdicción de la localidad de Las Calles, Departamento San Alberto, la cual afectará el ecosistema y de sobremanera a los recursos hídricos, por estar ubicada a escasos metros del cauce de los arroyos Pichanas y Consulta, proveedores de agua para consumo a la localidad antes mencionada.
En los fundamentos se señala: «Atento a la evaluación hecha a la nota presentada por el jefe comunal de Las Calles, Dpto. San Alberto, Juan E. Matos, solicitando nuestra intervención ante la posibilidad de la radicación de un emprendimiento minero bajo expediente Nº 10753, por parte de la Empresa Rafael M. Valls, en jurisdicción de esa comunidad y que en igual sentido se ha expresado un grupo de vecinos de Traslasierra que busca difundir y concienciar a la población acerca del peligro de la minería a cielo abierto, aunque éste no es su único objetivo, pero sí el más urgente. El interés por resguardar el medio ambiente encuentra respaldo legal, en las Constituciones: Nacional y Provincial».
«El artículo 41 de la Constitución Nacional – Capitulo segundo, Nuevos derechos y garantías - establece entre otros, que: «Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo».
«La Constitución Provincial en el título primero señala: «Declaraciones, derechos, deberes y garantías» -»Inviolabilidad de la persona» – el Artículo 4º dispone que: «La vida desde su concepción, la dignidad y la integridad física y moral de la persona, son inviolables. Su respeto y protección es deber de la comunidad y, en especial, de los poderes públicos».
«En “Recursos naturales y medio ambiente” - Artículo 11: dice: «El Estado Provincial resguarda el equilibrio ecológico, protege el medio ambiente y preserva los recursos naturales».
«Y en el Capitulo 3º - «Ecología» – «Medio ambiente y calidad de vida» – el Artículo 66, expresa claramente: «Toda persona tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano». «Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, a la conservación de los recursos naturales y culturales y a los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y la fauna». «El agua, el suelo y el aire como elementos vitales para el hombre, son materia de especial protección en la Provincia».
«Si queremos un valle limpio, potenciar el turismo por la ruta de las aromáticas y medicinales, entre cabañas con spa, debemos mantener puras las aguas de nuestros ríos y arroyos, flora y fauna, que es patrimonio de todos los que vivimos aquí y debemos defender. Manifestaciones del grupo ambientalista de Traslasierra «Roca ¡Mi amor!».

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