11 abr 2008

El futuro de K-Dial

El Puntal de Río Cuarto (11/04/2008)
Para Ambiente, el Municipio debe decidir sobre el futuro de K-Dial

La Secretaría de Ambiente de Córdoba dijo ayer que es la Municipalidad de Río Cuarto la que debe decidir sobre una eventual relocalización de la empresa K-Dial, cuestionada por presunta contaminación ambiental.
De esta manera, Ambiente le respondió al Concejo Deliberante local, que por unanimidad pidió que se haga otro estudio para determinar definitivamente si ese establecimiento contamina o no.
Laboratorio K-Dial SRL es una industria química dedicada a la fabricación de concentrados para hemodiálisis.
Está radicada en barrio Alberdi y los vecinos siguen reclamando una respuesta a las autoridades competentes.
En un escrito remitido a PUNTAL, la Secretaría de Ambiente dijo que “no tiene dentro de sus competencias la realización de estudios de impacto ambiental. Si es su función la evaluación y aprobación, o no, de los mencionados estudios de impacto ambiental, los cuales deben ser presentados por las empresas y/o emprendimientos, conforme lo establece la Ley 7343 y su decreto reglamentario 2131/00”.
Agregó que “desde el área Auditorías Ambientales se realizaron inspecciones a la firma K-Dial tendientes a establecer el grado de cumplimiento de las normativas ambientales vigentes”.
“Dicha firma se dedica a la fabricación de soluciones para hemodiálisis, encontrándose entre sus insumos el ácido acético. En el año 2005, se le solicitaron mediciones de emisiones a la atmósfera de ácido acético y de cloruro de hidrógeno, las cuales arrojaron valores por debajo del límite de cuantificación del método empleado”, señaló.
Manifestó que “la firma K-Dial posee habilitación municipal y tiene autorización de la EMOS para el vertido de sus efluentes a la red colectora cloacal. Además se cuenta con análisis efectuados al líquido que se evapora en secador spray realizados por el Ceprocor, laboratorio perteneciente a un organismo público oficial” y añadió que “al momento de realización de las inspecciones no se observó ningún daño en las plantas que se encontraban en la cercanía del edificio y el olor que se percibió fue el característico de la actividad que se desarrolla”.
“Es oportuno recordar que la firma en cuestión se encuentra dentro del ejido municipal y que posee habilitación municipal. También consta en nota emitida por Ambiente de la Provincia , con fecha del 29 de abril de 2005, por medio de la cual se le informa al señor intendente de Río Cuarto, sobre los requerimientos efectuados a la firma K-Dial, recordándole que es el municipio quien debe controlar los emprendimientos dentro de su ejido urbano, solicitándole que observe el cumplimiento de las recomendaciones que derivaron de la inspección”, puntualizó.
Por último, afirmó que “asimismo el Municipio deberá analizar la compatibilidad o incompatibilidad de una empresa de éstas características en zona residencial ya que constituye una decisión de ordenamiento urbano”.

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