12 dic 2021

Apelaron el fallo por contaminación de Bajo Grande



La Voz del Interior (12/12/2021)
Bajo Grande: la Provincia y la Municipalidad apelaron el fallo por contaminación

La Cámara Octava en lo Civil y Comercial deberá resolver en la causa que tiene más de 11 años.
El Gobierno provincial y la Municipalidad de Córdoba apelaron el fallo del juez de primera instancia Julio Fontaine (h) que responsabilizó a ambas jurisdicciones por la contaminación que produce en el río Suquía la Estación Depuradora de Aguas Residuales (Edar) de Bajo Grande.
Tras más de 11 años en la Justicia, la causa por el daño ambiental que produce la planta de tratamiento de líquidos cloacales en Camino a Chacra de la Merced tuvo un fallo significativo a principios de noviembre y ahora suma una nueva instancia. La denuncia fue presentada en junio de 2010 por la Fundación Centro de Derechos Humanos y Ambiente (Cedha) y por vecinos de la zona afectada.
Ambas administraciones apelaron la sentencia unos días después de que se conoció la resolución judicial. Lo hicieron dentro de los cinco días hábiles permitidos. Ambos recursos fueron concedidos.
De acuerdo con lo que establece el marco procesal, tanto la Municipalidad como la Provincia tienen tiempo para fundamentar su pedido hasta 10 días después de que el nuevo tribunal haya informado a las partes involucradas en la causa.

Contaminación de Bajo Grande
La Cámara Octava de la ciudad de Córdoba, integrada por Héctor Hugo Liendo y Gabriela Lorena Eslava, deberá ahora hacerse cargo del expediente. Es el mismo tribunal que resolvió la competencia sobre la causa hace unos años.
El proceso judicial requiere que las partes sean debidamente notificadas del recurso. Por la complejidad de la causa, una definición del tribunal podría demorar varios meses.
Cedha y los vecinos habían presentado un recurso para evitar que la sentencia de Fontaine fuera revisada por un tribunal superior en función de la Ley General del Ambiente (25.675).
“Los dictámenes emitidos por organismos del Estado sobre daño ambiental, agregados al proceso, tendrán la fuerza probatoria de los informes periciales, sin perjuicio del derecho de las partes a su impugnación. La sentencia hará cosa juzgada y tendrá efecto erga omnes, a excepción de que la acción sea rechazada, aunque sea parcialmente, por cuestiones probatorias”, dice la normativa.

Causa judicial
No obstante, el pedido no prosperó y la acción judicial fue rechazada por la Justicia. “La norma primeramente citada implicaría tal violación del derecho de defensa al restringirse el acceso a la vía recursiva, que por tanto obsta a su aplicación”, señaló en su respuesta el juez Fontaine.
Especialistas en la materia señalaron que el pedido realizado por Cedha podría plantearse dentro de la cámara. No obstante, tendría efectos suspensivos sobre el resto de la causa mientras se resuelve y podría dilatar aún más la decisión de la Justicia.
La sentencia apunta a la responsabilidad de la Municipalidad de Córdoba por la contaminación y daño ambiental que produce la planta que desde hace más de una década vierte 10 mil metros cúbicos por hora de aguas servidas sin tratamiento –o con uno muy bajo– al río Suquía.
Lo novedoso del fallo es que extiende esta responsabilidad al Gobierno provincial por omisión. Reconoce que, si bien no tiene a su cargo la gestión de la Edar, no administró “medidas necesarias para poner coto al obrar dañoso del ente municipal”.
En los últimos años, solamente aplicó dos multas al municipio por este tema. El fallo además establece que se debe hacer una serie de análisis sobre las aguas del río.

Justicia federal
Meses atrás, la Justicia federal realizó un estudio sobre el cauce del río en el marco de una denuncia penal presentada por organizaciones ambientales y por dirigentes sociales. Allí determinó altos grados de contaminación a partir de la planta de tratamiento de líquidos cloacales.
No obstante, el juez que interviene en la causa, Miguel Hugo Vaca Narvaja, volvió a declararse incompetente para resolver la denuncia por daño ambiental, ya que considera que escapa a su jurisdicción. Las organizaciones apelaron su decisión.
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