12 may 2010

Fallo contra la Muni por los líquidos cloacales

La Voz del Interior - Edición Electrónica (12/05/2010)
La Justicia Federal intima al municipio por una planta de cloacas



Es porque en barrio Villa Boedo se vierten líquidos tratados sobre Circunvalación. Podría haber una investigación penal.
La Cámara Federal de Apelaciones emplazó a la Municipalidad de Córdoba a presentar un plan en 180 días para que los líquidos tratados en la planta depuradora de barrio Villa Boedo dejen de ser vertidos en un canal pluvial de Circunvalación.
Además, pidió que algún fiscal investigue si corresponde realizar una investigación penal sobre el caso, según un fallo del 23 de abril que se conoció hoy.
La Voz intentó comunicarse sin éxito con Omar Grenat, subsecretario de Obras Públicas del municipio, para consultarlo acerca del funcionamiento actual de la planta.
Larga disputa. El fallo surge un año y medio después de una sentencia en primera instancia de la entonces jueza federal Nº3 Cristina Garzón De Lascano, en respuesta a la apelación del municipio a una condena previa.
En ese entonces, la Municipalidad de Córdoba cuestionó que sólo se le había otorgado un mes para presentar un plan para quitar las cañerías subterráneas que llevan al canal pluvial de Circunvalación los líquidos ya tratados, pero también afirmó que no se había demostrado realmente el vertido de efluentes cloacales.
La Cámara amplió el plazo pero consideró que sí está efectivamente probado que se viertan efluentes y cuestionó al municipio por no haber dado respuesta al problema con anterioridad.
"Inefectividad". Según el voto de Luis Rodofolfo Martínez, al que adhirieron los vocales Ignacio María Vélez Funes y Roque Ramón Rebak, "durante los once largos años que lleva el problema cuya resolución nos convoca, todas las gestiones efectuadas en sede administrativa han conducido sistemáticamente a resultados que traducen la absoluta inefectividad de las mismas".
"La Municipalidad de Córdoba ha proseguido con ese obrar ilegítimo que observa desde antes de setiembre de 1998, donde no sólo construye una obra de desagüe de los efluentes de una planta Depuradora de líquidos cloacales sin el permiso correspondiente y comienza a efectuar los volcamientos en un canal de desague pluvial de jurisdicción de la Nación", afirma.
La demanda fue entablada por la Dirección Nacional de Vialidad, pero en el proceso también intervino Caminos de las Sierras, el Ente Regulador de Servicios Públicos (Ersep), Córdoba Ambiente y la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento.
Bajo Grande. La noticia se conoce dos días después de que la planta depuradora de Bajo Grande dejara de vertir los efluentes al río Suquía, durante un período considerado necesario por las autoridades para habilitar las nuevas obras (ver La planta de Bajo Grande volvió a tratar los efluentes 11/05/10).

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Día a Día (12/05/2010)
URGENTE: fallo contra la Muni por volcamiento de líquidos cloacales tratados

La Justicia Federal ordenó que cese el volcamiento de esos líquidos en el desagüe pluvial de la Circunvalación. Y pidió que se retiren las cañerías.
La Municipalidad recibió un duro revés en la Justicia en el marco de un recurso de apelación que presentó por el volcamiento de líquidos cloacales tratados en la planta de Villa Boedo, y que luego son arrojados por el desagüe de la avenida Circunvalación.
"Ordenar a la Municipalidad de Córdoba que cese en el vuelco de aguas tratadas al desagüe pluvial de la Avenida de Circunvalación de la ciudad de Córdoba, provenientes de la Planta Depuradora de líquidos cloacales del Barrio Villa Boedo, y se retiren las cañerías instaladas en ese lugar, a cuyo fin deberá presentar un plan de trabajos en el término de treinta 180 días de quedar firme el pronunciamiento", dice el fallo de la Sala A de la Cámara de Apelaciones de la Justicia Federal.
Además, la Justicia advierte sobre la posibilida de que se inicien acciones penales contra la Muni a través de la Fiscalía interviniente.
"Por otra parte, dispuso que el Juez Inferior interviniente proceda –una vez recibidos los presentes y previa extracción de fotocopias de la totalidad de estos actuados y de la documentación existente- a correr vista al señor Fiscal Federal que por turno corresponda para que dictamine sobre la pertinencia o no de promoción de acción penal, por los hechos que han dado lugar a esta causa", dice parte del fallo.

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