19 may 2012

Controlan la extracción de áridos

El Diario de Villa Carlos Paz - Edición Electrónica (19/05/2012)
Se refuerzan los controles para proteger los recursos hídricos

 
Se realizan en toda la provincia. Especialistas del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía ya clausuraron varias areneras clandestinas y otras en infracción a la normativa vigente.
Extracción clandestina de áridos; explotación sobre la línea de ribera de ríos, arroyos y efluentes; vertido de efluentes a los cursos de agua, sin su debido tratamiento; formación de lagunas a causa de la extracción por debajo de las napas freáticas e inexistencia de estudios de impacto ambiental debidamente visado por la autoridad de aplicación.
Este escenario es recurrente en los diferentes puntos de la provincia a los que llegan especialistas del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía en pro de arbitrar los medios para preservar el recurso hídrico de Córdoba y sus áreas de influencia. Y lo hacen en estricto cumplimiento de la normativa vigente: el Código de Aguas de la provincia de Córdoba (Ley 5589), la Ley General del Ambiente N° 7343 y el Decreto N° 2131; y el reciente Decreto N° 43 que dispuso la caducidad de todos los permisos para extracción de áridos en ríos, arroyos y afluentes; y el reempadronamiento de las firmas dedicadas a la actividad.
Ayer la infracción fue detectada en las inmediaciones de Santa Rosa de Calamuchita, sobre el río homónimo; días atrás en Nono, Anisacate, Santa Rosa de Río Primero y Villa María, continuando con una serie de controles que tuvieron al río Cuarto como punto de partida y que se extenderán en toda la provincia. “Vamos a recorrer los lugares a los que aún no llegamos y también volveremos a controlar los sitios visitados, para comprobar que no hagan caso omiso a las sanciones dispuestas”, explicaron fuentes de la Secretaría de Recursos Hídricos.
En todos los casos, los inspectores procedieron a labrar las actas de infracción correspondiente y notificaron a los representantes legales de las empresas que deberán abstenerse de continuar con la actividad hasta que no cumplan con los requisitos legales exigidos para la habilitación.
Tendrán que presentarse ante el ministerio munidos del título de propiedad, contrato de arrendamiento, planos de mensura, línea de rivera aprobada por esta cartera y toda otra documentación que acredite el emplazamiento del establecimiento de clasificación de áridos y del establecimiento de extracción.
En determinados sitios, los inspectores constataron la inexistencia de los permisos de extracción de áridos, tanto como usuario activo o con permiso vencido de extracción.
“En aquellos sitios en los que además se constata impacto ambiental, se procede a labrar el acta de infracción y aplicar las multas correspondientes, ya que el daño a la flora y la fauna autóctona suele ser de importancia”, indicaron desde la Secretaría de Ambiente agregando que el impacto también suele estar dado porque se producen cambios en el curso original de los ríos o desbordes en zonas no deseadas.

Santa Rosa de Calamuchita y Anisacate: casos testigos
“En Santa Rosa de Calamuchita clausuramos el frente de trabajo de una cantera por hacer explotación dentro de la línea de ribera. Tampoco tenía estudio de impacto ambiental aprobado por la Provincia y se constató el vertido de efluentes sin tratamiento alguno, provocando contaminación de las napas freáticas”, indicó Eduardo Aron, especialista de Recursos Hídricos, a cargo del operativo.
“Se trata de una explotación inscripta en la Secretaría de Minería de la provincia, que explota piedras gravas y arenas. Si bien no extrae material directamente del río, el mismo es aluvional, osea que pertenece a la cuenca”, agregó.
En Anisacate, por ejemplo, se comprobó la formación de una laguna artificial con una superficie aproximada de dos hectáreas y media, formada a causa de la extracción de áridos por debajo del nivel freático de aproximadamente un metro y medio que provocó el afloramiento de las napas. A la vez se constató que la superficie de extracción abarca, aproximadamente, una superficie de cinco hectáreas, no respetándose la línea de ribera. Aquí se dispuso el cese de la extracción y la consiguiente prohibición de continuar por no respetar el Estudio de Impacto Ambiental que establecía el permiso de extraer áridos hasta un metro de la línea freática y, en ciertos sectores, hasta el límite de un metro y medio.
También se detectaron canteras secas, en infracción al código de aguas. Se trata de explotaciones habilitadas por la Secretaría de Minería pero que, al producir afloramientos y formación de lagunas artificiales por excavaciones desmedidas, incumplen el Código de Aguas, quedando esto bajo la jurisdicción de la Secretaría de Recursos Hídricos.

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