21 sept 2010

UNRC iría directamente a la Corte por los bosques

El Puntal de Río Cuarto (21/09/2010)
Ley de Bosques: la Universidad iría directamente a la Corte

Se lo va a proponer hoy la Comisión de Interpretación y Reglamento al Consejo Superior. Se respeta así la sugerencia de Jurídica de pedir una acción declarativa de inconstitucionalidad al máximo tribunal
Con los argumentos expuestos por los especialistas en ambiente que participaron de la Comisión de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (COTBN) y los fundamentos legales que presentó la Dirección de Jurídica de la Universidad, la Comisión de Interpretación y Reglamento del Consejo Superior decidió ayer impulsar un dictamen a favor de recurrir a la Justicia para lograr la declaración de inconstitucionalidad de la Ley de Bosques aprobada por la Unicameral en la madrugada del 5 de agosto.
Después de un proceso que insumió 40 días, desde que la ingeniera forestal Natalia De Luca presentó un informe de situación el 10 del mes pasado, el Consejo deberá tomar finalmente la decisión de ir o no a la Justicia.
Pero la estrategia legal pergeñada apunta a no presentar una demanda directa contra la Provincia por la normativa aprobada en la Legislatura, sino que se presentaría directamente ante la Corte Suprema de Justicia para solicita una acción declarativa de inconstitucionalidad para que sea el máximo tribunal quien determine si la ley provincial cumple o no los presupuestos mínimos fijados a nivel nacional. La comisión hizo suya así la recomendación del área Jurídica, sin cambiar siquiera un párrafo. Con la firma de la mayoría -aunque no de la totalidad- de los miembros que la componen, la decisión será presentada hoy para buscar su aprobación y así decidir si finalmente se acciona o no legalmente.
La estrategia evitaría a la casa de altos estudios tener consecuencias económicas a futuro. Es que había un antecedente inquietante en Salta, donde la Universidad Nacional había recurrido a la Justicia demandando a la provincia por una situación similar y presentando una medida cautelar. A los tres años los tribunales rechazaron el planteo y las empresas afectadas accionaron legalmente contra la universidad. Al pedir una acción declarativa primero se conocerá la opinión de la Corte y luego se decidirá si avanzar o no en las demandas correspondientes.
“El tema es que si la Corte dice que es inconstitucional la ley provincial, líticamente el gobierno deberá buscar una salida porque cualquier presentación judicial después le sería adversa”, explicó una fuente que sigue de cerca el tema en el campus.
En ese caso, la opción sería modificar en el poder legislativo aquellos puntos señalados por debajo de los presupuestos mínimos nacionales o bien redactar una nueva normativa. En el campus hay confianza en que la opinión de los ministros de la Corte sea favorable, aunque advierten que más allá de lo técnico-ambiental hay también una faceta política.
“No sabemos cuánto tiempo puede tomarse la Corte para decidir el pedido de la Universidad, pero acá también hay que advertir que puede haber algunos tiempos políticos que pueden influir. No hay un plazo máximo para que se expida”, apuntó una fuente del Consejo Superior.

El debate
El plenario se reunirá a las 14.30, luego de la asamblea universitaria que seguirá discutiendo la reforma del Estatuto, esperando que la comisión encargada de elaborar propuestas para la modificación de los artículos 7, 14, 26 y 27 se expida para avanzar en el nudo más complejo que tiene la discusión que los cuatro claustros llevan adelante en el máximo órgano de gobierno colectivo.
Los fundamentos del planteo que se tratará hoy

- La ley aprobada es más permisiva hacia los desmontes que las leyes hasta ahora vigentes, o sea que, con ley más blanda y los mismos controles (casi nulos), es inminente la total desaparición del paisaje original y los bosques nativos, explicó De Luca.
- No debemos olvidar que el derecho a un ambiente sano está contemplado en la Constitución Nacional y es un derecho de tercera y cuarta generación.
- Atenta contra los presupuestos mínimos de la ley nacional 26.331.
- Establece para la Categoría 1 (de máxima protección) la posibilidad de un “aprovechamiento” cuando la ley nacional establece que sólo se podrán realizar actividades de “conservación”.
- No respeta las pocas áreas naturales que protegen bosques nativos en la provincia, que bajo esta norma estarán sujetas a “supuestos sistemas de aprovechamiento sustentable”, palabra ambigua que no garantiza la renovación a corto plazo.
- Se eliminó una herramienta fundamental que brinda la ley nacional: “Los mecanismos de participación social en el proceso de ordenamiento territorial de los bosques nativos”; todo queda en el ámbito de las decisiones de la autoridad de aplicación, siendo que hasta ahora, justamente, lo que ha fallado es el control.

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