17 feb 2022

Dan a conocer fundamentos de condena por incendio

 


Comercio y Justicia (17/02/2022)
Fundamentos de la condena por un incendio intencional

La Cámara Criminal de Deán Funes dio las razones para aplicar al encausado la pena de cinco años y ocho meses de prisión. El siniestro llegó a comprometer, incluso, un museo en Ischilín
La Cámara Criminal de Deán Funes divulgó los fundamentos de la sentencia dictada en una causa iniciada contra un hombre, quien desencadenó intencionalmente un incendio que arrasó con 30.000 hectáreas de campo, en agosto de 2020, y puso en peligro la Casa Museo Fernando Fader, de la localidad de Ischilín, que integra el patrimonio cultural de la Provincia.
El autor material del siniestro, Raúl Norberto Castro, fue condenado a cinco años y ocho meses de prisión por el delito de incendio calificado (también fue declarado autor de entorpecimiento funcional por otro hecho).
Al justificar la pena, el vocal Horacio Enrique Ruiz, en sala unipersonal, argumentó: “El acusado es un hombre de campo, conocedor de la alta combustión que representaba el bosque nativo en la época del año en que provocó el incendio: mes de agosto, pleno invierno, cuando pasturas y árboles se encuentran sumamente secos”.
El camarista agregó que Castro se valió de la nocturnidad para iniciar el incendio, “lo cual trajo aparejado la dificultad en el combate del fuego tanto por bomberos, vecinos voluntarios y medios aéreos”.
Asimismo, el magistrado puntualizó que se extendió rápidamente, quemó miles de hectáreas, arrasó bosques, pasturas, alambrados y animales, y provocó un “alto costo para los damnificados particulares y para el erario, que debió movilizar personal humano y medios mecánicos para su combate”; y, fundamentalmente, afectó el medio ambiente y la biodiversidad de la zona.
En la sentencia, el tribunal aplicó como agravante la puesta en peligro del museo ya referido. El personal policial que estuvo presente cuando el incendió llegó al sector declaró que esas instalaciones corrieron riesgo, ya que están rodeadas de árboles y no había nada que pudiera frenar el fuego. En tal sentido, estimaron que éste llegó a unos 400 metros del edificio.
No obstante, la Cámara absolvió por el beneficio de la duda a un primo de Castro, quien había sido acusado como instigador. El magistrado consideró que los indicios que lo comprometían resultaron insuficientes para arribar a la certeza sobre su participación en el delito.
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