13 oct 2012

Huinca: confirman fumigación fuera de normativa

El Puntal de Río Cuarto (13/10/2012)
La fumigación se hizo dentro de los límites del ejido urbano

La responsable de Ambiente, Cecilia Clerici, dijo que se violó la ordenanza municipal. Al aplicador se le impuso una multa equivalente a mil litros de gasoil
Huinca Renancó.- La Secretaría de Medio Ambiente Municipal precisó que la fumigación realizada en un campo próximo a comedores y restaurantes, violó la reglamentación vigente ya que se hizo dentro de la zona contemplada como “resguardo ambiental”, según lo especifica la ordenanza local.
Tras la denuncia realizada por vecinos, y en una primera instancia, desde esta repartición municipal se había indicado que la ley local no tenía injerencia, sí la provincial. Pero tras verificar la documentación se comprobó que en el sector este rige, según la ordenanza, unos 200 metros de resguardo ambiental, que van más allá del límite de la ruta 35,
La ingeniera Cecilia Clerici, funcionaria del área municipal, se rectificó en cuanto a sus primeras declaraciones realizadas en este medio sobre el caso y explicó que “el radio urbano está comprendido por unos 200 metros más al este de la ruta 35, por lo cual la aplicación se hizo dentro de la zona de resguardo y violó la Ordenanza local 1221/11”. Además no habrían presentado la correspondiente receta fitosanitaria.
Agregó: “En este caso en particular nosotros tenemos competencia directa desde el Municipio por lo cual se identificó al aplicador y se impuso la multa prevista en la normativa que es del valor de unos 1000 litros de gasoil”.
Cabe señalar que quienes realizaron la aplicación son oriundos de Realicó La Pampa, y al parecer desconocían la reglamentación vigente, “por lo cual además de la sanción se les acercó toda la información correspondiente a la legislación vigente”, añadió Clerici. También se advirtió que, de reincidir en un hecho similar, la multa será aún mayor y ante una tercera se prevé incluso la retención de la maquinaria, según la gravedad del caso.
Mas allá de esto, parte de la mencionada aplicación se hizo fuera del radio urbano y del área de resguardo prevista por Ordenanza Municipal,  por lo cual ahí pasa a competencia de la Secretaría de Agricultura bajo la normativa 9.164, que debería realizar las sanciones pertinentes a los responsables del caso.
Cabe agregar que la aplicación causó el alerta en los vecinos del sector y principalmente en quienes tienen comedores sobre ruta 35, que manifestaron a través de este medio la preocupación por este tipo de actividad de aplicación con productos tóxicos.

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