8 mar 2010

Río IV; control de agroquímicos casi nulo

El Puntal de Río Cuarto (08/03/2010)
El control administrativo del uso de agroquímicos es casi nulo

Pese a que hay un mecanismo previsto en la ley, Agricultura no fiscaliza los documentos que deben emitirse en cada fumigación, supervisados por ingenieros agrónomos. Hay sólo 4 inspectores para el sur
El control administrativo de las fumigaciones en la ciudad y en la región es prácticamente inexistente. Sólo se realiza por medio de inspecciones muy focalizadas: la delegación local del Ministerio de Agricultura sólo tiene 4 inspectores para los cuatro departamentos del sur cordobés. La fiscalización se debería hacer por medio de las recetas que hacen los ingenieros agrónomos para cualquier fumigación, tal como indica la ley. Agricultura no recibe ninguno de esos documentos. El único registro que hay es el que asienta las fumigaciones en los poquísimos cultivos cerca de viviendas, y está en el Edecom.
Tiempo atrás, la directora del área de Fiscalización del Ministerio de Agricultura provincial cuestionaba en una nota con PUNTAL lo que mucha gente cree sobre el uso de agroquímicos. Samantha David desestimaba entonces las críticas al abuso de químicos, a las que tachó de “fundamentalistas”. “No es que los productores (agropecuarios) ganen dinero fumigando a la gente”, decía entonces la funcionaria. Luego, pedía a los vecinos de los suburbios que fueran más tolerantes con las fumigaciones que se hacen en campos cercanos a sus casas.
En materia de control, una de las herramientas fundamentales son las denominadas recetas fitosanitarias. Se trata de un documento con valor legal en el que un ingeniero agrónomo habilitado especifica el uso de determinado agroquímico para el tratamiento de plagas. Allí va la firma del profesional y del productor que necesita la fumigación.
Si algo sale mal, deben responder el ingeniero y/o el usuario. Un profesional agrónomo puede perder su matrícula por una “mala praxis”. ?
Desde el Ministerio de Agricultura y desde la Asociación de Ingenieros Agrónomos del Sur de Córdoba explicaron que la receta fitosanitaria se debe hacer por triplicado cada vez que alguien usa agroquímicos.
De esas tres copias, una queda en el comercio que vende el tóxico. Otra, en manos del ingeniero agrónomo. La tercera, según indicaron desde Agricultura, debería ir a la Municipalidad, al área de Control Ambiental del Edecom.
Mabel Pagano, directora de esa dependencia, negó que allí reciban la totalidad de las recetas fitosanitarias por venta de agroquímicos que se efectúen en Río Cuarto.
La funcionaria municipal precisó que los productores sólo les envían las recetas por las fumigaciones que se hacen cerca de la zona urbana y que afectan a viviendas de riocuartenses. Es decir, allí sólo llegan los casos conflictivos, como el del barrio Quintitas Golf, por la persistente protesta de los vecinos.
En ese sector, el empresario y prestamista Leonardo Passarini, que fumigaba a metros de las viviendas, resolvió la falta a la Ley provincial de Agroquímicos sencillamente pagando una multa económica.

Una forma de resguardo prevista en la Ley
El texto de la Ley provincial 9164 sobre “productos químicos o biológicos de uso agropecuario”, aprobada en 2005, no especifica expresamente el destino de las recetas fitosanitarias. Tampoco lo hace la reglamentación de la ley. Esas disposiciones fueron tomadas por el organismo de aplicación, el Ministerio de Agricultura de la Provincia. Sin embargo, la norma valoriza la función de la receta.
En su artículo 44, la norma provincial de agroquímicos explica: “La receta fitosanitaria es el documento a emitir por el asesor fitosanitario toda vez que su recomendación implique la utilización de un producto químico o biológico de uso agropecuario”.
Asesor fitosanitario es todo ingeniero agrónomo con título universitario habilitante para recomendar y administrar el uso de agroquímicos. La receta fitosanitaria tiene valor de documento, y allí quedan asentados todos los datos de cada aplicación de agroquímicos dentro del territorio provincial. Este documento genera responsabilidades civiles por eventual contaminación para el ingeniero agrónomo responsable como para el productor que utiliza los agroquímicos.
El artículo 45 de la ley reza: “El asesor fitosanitario es el responsable de lo prescripto en la receta fitosanitaria. De igual manera, el usuario responsable lo es de la veracidad de los datos que suministre al asesor fitosanitario”.
El Artículo 46 dice: “La receta fitosanitaria debe contener como mínimo los siguientes puntos:

a) Nombre completo, dirección y número de matrícula del asesor fitosanitario que la expide.
b) Nombre completo o razón social del usuario responsable.
c) Denominación comercial o principio activo de los productos.
d) Concentración de dicho producto.
e) Dosis de uso.
f) Recomendaciones especiales respecto a técnicas particulares de aplicación.
g) Croquis de ubicación del lote a tratar.
h) Dejar constancia de si en los lotes a tratar o en sus cercanías hubiese cultivos susceptibles a los productos a utilizarse, fuentes de agua, áreas naturales protegidas, etc.

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