10 may 2007

Ordenanza contra ruidos

La Voz del Interior (10/05/2007)
Una ordenanza contra ruidos molestos en Santa Rosa

El Concejo Deliberante de Santa Rosa comenzó a tratar en comisión un proyecto de ordenanza que pretende aplicar límites con respecto a la propagación de ruidos molestos. Anoche, tras la sesión ordinaria, el boceto era presentado a la Dependencia de Inspección Municipal y se esperaba que el organismo de aplicación formulara algunas sugerencias, ya que algunos aspectos no serían viables de ejecutar en la práctica.
Tras esto, la iniciativa será analizada con entes privados relacionados a la problemática, como el Centro Comercial.
"Queda prohibido dentro de los límites del radio municipal causar o estimular ruidos innecesarios o excesivos que propalándose por vía aérea o sólida afecten o sean capaces de afectar a las personas, sean en ambientes públicos o privados, cualquiera fuere el acto, hecho o actividad que lo genere", expresa el primer artículo del proyecto.
En el punto siguiente, aclara la definición de ruidos innecesarios: "Son aquellos que siendo causados por hecho o acto no derivado de actividad habitual o transitoria del uso normal y adecuado de elementos (automotores, maquinarias) sean por su naturaleza de producción superflua, pudiendo por tanto ser evitados".
A su vez, consideran ruidos excesivos a los que superen los niveles sonoros establecidos en dicha reglamentación.
El proyecto exige que toda fuente de ruidos o vibraciones deberá poseer dispositivos acústicos o de aislamiento de ruidos. Asimismo, fija límites en los niveles de decibeles emitidos.
En un punto, establece que las actividades derivadas de la construcción de obras dentro del radio municipal, que por su naturaleza causaren ruidos o vibraciones que excedan el ámbito de origen, deberán realizarse entre las 8 y las 12.30 y entre las 16 y 20.
Por último, indica que el agente municipal que constate la infracción, podrá clausurar preventivamente por un lapso no mayor a 24 horas y ordenar el desalojo del establecimiento, pudiendo recurrir al auxilio de la fuerza pública.
Si bien los inspectores municipales se ocupan del tema con algunas normas nacionales y provinciales, no tienen una herramienta legal concreta, ya que la ordenanza local que trata el tema está desactualizada.
La duda que se admite es si más allá de los deseos expresados en el texto, la norma podrá ser de aplicación efectiva, es decir con capacidad de control desde el municipio para su cumplimiento obligatorio.

Ver Nota On Line

0 comentarios:

Buscar este blog

Blog Archive

Temas

Archivo de Blogs