5 jun 2009

Polémica por desmontes en traslasierra

Diario Democracia de Villa Dolores (04/06/2009)
La ley de prohibición de desmonte nuevamente es objeto de críticas

Los legisladores Ítalo Gudiño, María Soledad Calvo Aguado y Alfredo Jesús Cugat presentaron un proyecto ante la Legislatura de la Provincia de Córdoba con el fin de requerirle al Poder Ejecutivo Provincial que informe sobre los permisos de desmonte efectuados en el territorio cordobés.
Se solicita la cantidad de peticiones de autorización presentadas ante la Agencia Córdoba Ambiente a los fines de realizar desmonte selectivo y toda otra intervención en superficies de tierras que conserven bosques nativos, junto a la firma que las presentara (personas físicas y/o jurídicas) y resoluciones dictadas en cada caso, en el marco de la Ley 9.219.
La Ley 9.219 fue sancionada en marzo de 2005 por la Legislatura como herramienta normativa para regular y frenar el desmonte total y permanente que venían sufriendo los bosques nativos de todo el territorio de la Provincia.
La norma establece en el Artículo 1° la prohibición por el término de 10 años del desmonte total de bosques nativos en cada una de las parcelas -públicas o privadas- ubicadas en todo el ámbito de la Provincia, entendiendo por desmonte total la eliminación por completo de un bosque nativo con la finalidad de afectar esa superficie a actividades que impongan un cambio en el uso del suelo.
La Ley 9.219 dispone que cualquiera intervención sobre bosques nativos deba necesariamente contar con la evaluación y autorización de la Agencia Córdoba Ambiente. “Sin embargo, la norma ha dejado lugar al poder discrecional del funcionario de turno para autorizar o rechazar el pedido de intervención al no establecer un procedimiento aplicable a esos casos”, advierten los legisladores.
La aprobación de esta norma abrió un extenso debate sobre la necesidad de proteger los bosques nativos y la idoneidad de la herramienta legislativa para alcanzar el objetivo, toda vez que la redacción de la norma, “más que prohibir el desmonte como medida, drástica y excepcional, permite el desmonte parcial de los bosques dejando abierta la puerta para que las ambiciones particulares puedan más que el derecho general de salvaguardar la estabilidad ecológica”, señalan los funcionarios legislativos.
En base a ello, los legisladores pretenden que se indique en cada caso el tipo de procedimiento aplicado para dictar la resolución de autorización o rechazo de desmonte, precisando si ha existido autorización de impacto ambiental y en caso de informes negativos, medidas requeridas para evitar la degradación de los bosques.
Al mismo tiempo, se pide un informe sobre las medidas preventivas y de control dispuestas por la autoridad de aplicación, como así también el informe de casos constatados de infracciones a la Ley 9.219, indicando número de resolución dictada en cada caso, sanciones aplicadas y trámite dispuesto para su ejecución.
Los funcionarios legislativos argumentan que la presentación del pedido de informes obedece a la necesidad de conocer la efectividad de la Ley 9.219 para que, en función de su resultado, se pueda estudiar y generar una nueva legislación más acorde con la urgencia ambiental que padece la Provincia y que “pese a los esfuerzos normativos no parece haber alcanzado para lograr el objetivo”.

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