14 mar 2018

Crearon la reserva provincial Chocancharava




La Nueva Mañana  - Edición Electrónica (14/03/2018)
Unicameral: crearon la reserva provincial Chocancharava

Se trata de más de 200 hectáreas ubicadas en el espacio periurbano de Río Cuarto. Será de usos múltiples abarcando actividades productivas y de turismo.
La Unicameral aprobó por unanimidad la creación de la “Reserva Provincial de Uso Múltiple Corredor del Chocancharava”, se trata de más de 200 hectáreas ubicadas en el espacio periurbano de Río Cuarto, iniciativa surgida a partir de la tarea de quince instituciones que trabajaron en forma conjunta con la Comisión de Asuntos Ecológicos de la Legislatura.
La iniciativa apunta al cuidado del río en ese tramo, la preservación del bosque nativo remanente (en una región donde ya es muy escaso) y el resguardo del corredor biológico, como así también a promover la participación ciudadana en la gestión del territorio.
La declaración como Reserva Natural se realiza en el marco de la Ley Nº 6964 -Régimen de Conservación de Áreas Naturales de la Provincia de Córdoba-, en el territorio ubicado sobre la línea de ribera del Río Cuarto (Chocancharava), comprendido entre la Reserva Natural Urbana Bosque Autóctono El Espinal (emplazada en inmuebles de propiedad de la Universidad Nacional de Río Cuarto) y el puente Antártida Argentina -situado sobre Ruta Nacional Nº 8 en un área que conserva bosque autóctono de espinal.
El proyecto de ley lleva las firmas de legisladores provinciales riocuartenses de todos los bloques que hicieron uso de la palabra durante el tratamiento del proyecto que se convirtió en ley  cuya característica distintiva es la de ser una reserva de “usos múltiples”, denominación que habilita a que en ciertas condiciones, puede ser usado con diferentes fines, incluso productivos o urbanos.
El Corredor del Chocancharava proyectado cuenta con dos áreas de bosque nativo en muy buen estado de conservación: una de 45 hectáreas en jurisdicción de Río Cuarto, y otra de 93 sobre su vecina Las Higueras. Los dos sitios son representativos del distrito biogeográfico del Espinal, que atraviesa la provincia..
Aprobada la ley, la autoridad de Aplicación convocará a los municipios, comunas y áreas o dependencias del Gobierno Provincial que se estimen pertinentes, así como a otras organizaciones cuyas jurisdicciones sean alcanzadas en todo o en parte o sean adyacentes al área sujeta a reserva para ejecutar las políticas de preservar, proteger y recuperar la biodiversidad existente dentro del área protegida y su manejo y conservación a perpetuidad;
Además se mantendrán los principales bienes y servicios ambientales que presta el área protegida, derivados de sus condiciones naturales y de las prácticas productivas sustentables que en la misma se desarrollen promoviendo la conservación de la diversidad biológica, su hábitat y los recursos naturales como elementos esenciales y atributos de identidad del sistema;
También la ley prevé que se impulse el desarrollo del ecoturismo como instrumento idóneo  para la valoración del área protegida, para la educación, el desarrollo local y su administración y gestión como la investigación científica y tecnológica sobre el ecosistema, sus atributos y funciones que presta, con el objeto de mantener y mejorar los servicios ambientales y las prácticas productivas que generan valores tangibles e intangibles para la sociedad en su conjunto.
Para promover el desarrollo sustentable de las actividades productivas de modo compatible con la conservación de la biodiversidad y los sistemas naturales incluidos en el área protegida, contribuyendo al desarrollo económico y social se diseñará una red de monitoreo técnico sobre indicadores de desempeño socio-ambiental productivo para la adecuada gestión del área protegida; trabajarán sobre la prevención del deterioro ambiental de los afluentes y de los cursos de agua que forman parte de la Reserva y se propiciarán oportunidades de recreación y contacto con la naturaleza.
Estas actividades estarán permitidas en los inmuebles de dominio privado ubicados dentro de los límites de la reserva previo convenio y autorización de la Autoridad de Aplicación para cumplir con los objetivos del área y de otras leyes vigentes en materia ambiental como la presentación del estudio de impacto ambiental y plan de gestión ambiental.
Para la autorización de obras de infraestructura y equipamiento proyectadas para la explotación de ecoturismo y otras actividades turísticas sustentables que se pretendan desarrollar en forma compartida con otras explotaciones preexistentes, deben compatibilizarse las distintas actividades aplicando como criterio prioritario para la autorización de la actividad turística la inclusión de medidas efectivas para la conservación del paisaje, de la fauna y flora, y la eliminación de impactos estéticos, panorámicos o ambientales negativos que puedan producir las actividades preexistentes desarrolladas en el área.
El Poder Ejecutivo Provincial dictará la reglamentación de la ley y el correspondiente plan director, en el marco de una gestión integrada, definiendo los lineamientos destinados a la conservación, control y aprovechamiento del ambiente y las modalidades de participación social que habrán de generar una relación sociedad-naturaleza que posibilite tal conservación y aprovechamiento sostenible del área natural protegida, conforme lo establecido en la Ley Nº 6964.

Ver Noticia On Line
.

0 comentarios:

Buscar este blog

Blog Archive

Temas

Archivo de Blogs