10 ago 2019

Villa María: el arbolado local reglamentado por 6 ordenanzas



El Puntal de Villa María (10/08/2019)
Al menos 6 ordenanzas declaran patrimonio al arbolado local

Algunas se refieren a los árboles en general y otras a especies o ejemplares en particular. Hay dos normativas que específicamente ubican en esa categoría al Salón La Alhambra y otras dos para el Túnel Hermanos Secco
De un repaso del digesto, al cual se puede acceder a través de la página web del Concejo Deliberante, surgen reiteradas normativas vinculadas con la declaración de patrimonio del arbolado público local. Y también de edificios y distintos espacios verdes.
Con diferencia de una década o más años, las disposiciones se repiten, lo que evidencia que muchas veces los legisladores no hacen el ejercicio de buscar previo a proponer.
Así es posible identificar al menos 6 ordenanzas que, aunque con matices, declaran patrimonio a todos los árboles de la ciudad, a alguna especie en particular e incluso a algún ejemplar en especial. Y también que al menos en dos normas se establece esa categoría para el Túnel Hermanos Secco, al que actualmente no es posible acceder y que comunica ambos lados debajo de las vías férreas a la altura de calle Corrientes, o el Salón La Alhambra, que está en la sede de la Sociedad Española de Socorros Mutuos, con ingreso vedado porque en la parte de atrás de ese edificio se construyen cocheras, por lo cual no es posible ver en qué estado se encuentra esta obra emblemática de Fernando Bonfiglioli.
De hecho, esa obra de Bonfiglioli en 2008 se declaró Patrimonio Histórico por Ordenanza 6.021, y en 2017 se hizo otra vez, ampliando la cobertura a todo lo efectuado por el pintor en los muros y techos del edificio de la Sociedad Española (Ordenanza 7.183).
Y en relación con el Túnel Secco, se declaró Patrimonio Cultural de la ciudad en 2004, por Ordenanza 5.322, categoría que ya ostentaba desde 1994 (Ordenanza 3.461) al igual que la Estación del Ferrocarril.
Sobre el arbolado público, hay una ordenanza de 2000 (N° 4.610) que lo define como Patrimonio Ecológico, y otra en el mismo sentido de 2004 (5.367), que establece “especial cuidado” en la conservación de las especies autóctonas talas, algarrobo blanco, algarrobo negro, chañar, cina-cina, aromito, sauce criollo, saúco y sombra de toro.
Y si del algarrobo se trata, hay una ordenanza anterior, la 4.399 de 1999 que lo declaró “especie protegida y árbol representativo de la ciudad”.
Por otra parte, también existen normas que particularizan ejemplares de lugares en particular:

-Ordenanza N° 2.830: define como Patrimonio Cultural, Arquitectónico y Ecológico de Villa María a las plazas San Martín, Independencia y Centenario (es de 1990).
-Ordenanza N° 2.832: establece como Patrimonio Ecológico y Cultural al Río Ctalamochita (año 1990).
-Ordenanza N° 4.312: define como Patrimonio Natural al arbolado de calle Mendoza, entre Irigoyen y Alvear (es de 1998).
-Ordenanza N° 6.547: determina que es Patrimonio Histórico de la ciudad el denominado Ombú de Sabattini, emplazado en República de Siria esquina Incas (año 2012).

Ya en materia de obras, distintas normativas definieron como patrimonio local al busto de Eva Perón que está en el subnivel, al mausoleo Darío Sessarego, a la Casa Sabattini (hoy museo) y al edificio de la Sociedad Italiana, entre otros. Y en más de una oportunidad se crearon comisiones de patrimonio histórico.
Así, en 1988 se aprobó la Ordenanza 2.468 para exigir la reglamentación de la Ordenanza N° 2.144, “que prevé la preservación de los edificios que componen el patrimonio histórico cultural de la ciudad”, entre los que se encuentran el exPalace, el chalé Scopinaro, la casona de calle Mitre, entre otros edificios.
En varias de las normativas vinculadas con el patrimonio se ratifica la 2.144 “en todos sus términos”. Igual no fue posible encontrar esa norma en el digesto on line.
Finalmente, cabe recordar que días atrás el Concejo Deliberante aprobó una ordenanza para encomendar al Departamento Ejecutivo Municipal el estudio y confección de un  Plan de Gestión Integral del Patrimonio local, que deberá estar listo en un año, y volverá al Legislativo para su ratificación.

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