18 may 2020

Villa María habilitará la poda a partir de junio



El Diario de Villa María - Edición Electrónica (18/05/2020)
Durante junio y julio se podrá pedir autorización para la poda del arbolado público

El vecino interesado deberá solicitar la intervención, que a su vez realizará una evaluación técnica de cada situación. Aquella intervención que no cumpla con los requisitos o se haga sin autorización será infraccionada
La Municipalidad de Villa María informó que el período habilitado para la realización de poda en el arbolado público será durante los meses de junio y julio, época en donde ya habrán ocurrido heladas y bajas de temperatura que hacen que los árboles estén en mejores condiciones para recibir las podas sin que se expongan a contagios de hongos y patógenos o situaciones que pongan en riesgo al ejemplar.
Es importante recordar que las podas del arbolado público se realizan con autorización previa otorgada por la Coordinación de Planificación de Espacios Verdes que depende de la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos del municipio.
El vecino interesado en hacer estas prácticas a los árboles, deberá solicitar la intervención al área mencionada, que a su vez realizará una evaluación técnica de cada situación. Aquella intervención que no cumpla con los requisitos o se haga de manera ilegal, es decir sin autorización, será infraccionada.

Sólo en casos específicos
En este sentido, los vecinos deben saber que la intervención sobre los árboles debe ser realizada sólo en casos específicos tales como, poda de mantenimiento que elimina ramas secas, rotas o con peligro de caída; poda de formación en árboles jóvenes que tienen como objetivo controlar y dirigir la estructura del árbol de manera equilibrada para su desarrollo; para elevar la altura de la copa; para regular el desarrollo del sistema radicular; para eliminar las ramas que se encuentren a menos de un metro de propiedades privadas o para suprimir aquellas que obstaculicen la visibilidad de señalizaciones o alumbrado público.
El motivo de que en junio y julio sea la época habilitada para tal fin es porque, luego de las primeras heladas los árboles ingresan en época de reposo vegetativo; tienen menos hojas, lo que facilita la selección de ramas a eliminar y la ubicación de los cortes, brindando mayores oportunidades para garantizar que la poda no afecte la estructura del árbol ni sea mayor al 15% de su copa y también porque las bajas temperaturas hacen que la especie sea menos propensa al ingreso y desarrollo de hongos en la superficie que queda expuesta por el corte.
Se recuerda a la población que el arbolado público es patrimonio ecológico y cumple funciones beneficiosas para el ambiente, por lo que su cuidado y preservación es responsabilidad de toda la ciudadanía.

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El Puntal de Villa María - Edición Electrónica (18/05/2020)
En junio y julio se podrá solicitar autorización para la poda de arbolado

El Municipio informó la época en la que heladas y bajas de temperatura hacen que los árboles estén en mejores condiciones para recibir las podas
La Municipalidad de Villa María informa que el período habilitado para la realización de poda en el arbolado público será durante los meses de junio y julio, época en donde ya habrán ocurrido heladas y bajas de temperatura que hacen que los árboles estén en mejores condiciones para recibir las podas sin que se expongan a contagios de hongos y patógenos o situaciones que pongan en riesgo al ejemplar.
Es importante recordar que las podas del arbolado público se realizan con autorización previa otorgada por la Coordinación de Planificación de Espacios Verdes que depende de la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos del municipio.
El vecino interesado en hacer estas prácticas a los árboles, deberá solicitar la intervención al área mencionada, que a su vez realizará una evaluación técnica de cada situación. Aquella intervención que no cumpla con los requisitos o se haga de manera ilegal, es decir sin autorización, será infraccionada.
En este sentido, los vecinos deben saber que la intervención sobre los árboles debe ser realizada sólo en casos específicos tales como, poda de mantenimiento que elimina ramas secas, rotas o con peligro de caída; poda de formación en árboles jóvenes que tienen como objetivo controlar y dirigir la estructura del árbol de manera equilibrada para su desarrollo; para elevar la altura de la copa; para regular el desarrollo del sistema radicular; para eliminar las ramas que se encuentren a menos de un metro de propiedades privadas o para suprimir aquellas que obstaculicen la visibilidad de señalizaciones o alumbrado público.
El motivo de que en junio y julio sea la época habilitada para tal fin es porque, luego de las primeras heladas los árboles ingresan en época de reposo vegetativo; tienen menos hojas, lo que facilita la selección de ramas a eliminar y la ubicación de los cortes, brindando mayores oportunidades para garantizar que la poda no afecte la estructura del árbol ni sea mayor al 15% de su copa y también porque las bajas temperaturas hacen que la especie sea menos propensa al ingreso y desarrollo de hongos en la superficie que queda expuesta por el corte.
Se recuerda a la población que el arbolado público es patrimonio ecológico y cumple funciones beneficiosas para el ambiente, por lo que su cuidado y preservación es responsabilidad de toda la ciudadanía.

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