11 oct 2016

Piden EIA para la planta cloacal de Río Cuarto

El Puntal de Río Cuarto (11/10/2016)
Planta cloacal: reclaman que se haga el estudio de impacto

Según se había anunciado, la obra podría arrancar a fin de mes. Sin embargo, el director opositor del Emos, Gonzalo Parodi, señala que aún no se conoce el análisis ambiental que es obligatorio por ley
En teoría, la Planta Cloacal comenzará a construirse a fin de mes. Sin embargo, todavía no se conoce el estudio de impacto ambiental ni se hizo la audiencia pública que, según la ley provincial 10.208, son obligatorios antes de iniciar una obra de ese tipo y magnitud. Por eso, la oposición está reclamando que se cumpla con esos trámites y que se conozcan tanto el contenido del estudio como la fecha de la audiencia. Sin embargo, hasta ahora no hay información oficial sobre uno ni sobre la otra.
El 4 de agosto, el sitio oficial del gobierno de Río Cuarto informó: “La comisión ministerial está elaborando un análisis técnico que concluirá con un estudio de impacto ambiental, cuya presentación se hará en Río Cuarto en el marco de una audiencia pública y previa a la adjudicación de la obra”.
Sin embargo, el proyecto ya fue adjudicado a la UTE Martínez Lumello-Hidroconst y aún no se sabe qué efectos producirá. Gonzalo Parodi, director por la oposición en el Emos, va a pedir esta semana que se dé a conocer formalmente la fecha de la audiencia pública; además, reclamará que se le pida al Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos que comanda Fabián López, el estudio de  impacto.
“Queremos conocer esa información, si es que existe. La ley establece claramente que debe realizarse la evaluación ambiental con carácter de obligatoria. Además, las audiencias públicas son instrumentos clave para asegurar la participación ciudadana”, detalló Parodi.
La única información que recibió la oposición fue verbal, nada por escrito. Al representante de Cambiemos le aseguraron que la misma empresa adjudicataria, Martínez Lumello-Hidroconst, será la que contratará los estudios de impacto ambiental. Además, las mismas fuentes gubernamentales estimaron que recién para enero o febrero harán el análisis y que después será la audiencia pública. “Pero queremos que esa información esté expresada en una respuesta formal. Hasta ahora, no tenemos nada escrito”, indicó el representante de Cambiemos en el Emos.
Hay ahí dos posibilidades: o la obra arrancará antes de que se hagan los estudios (el secretario de Servicios Públicos de la Provincia, Alberto Bresciano, anunció en septiembre que los trabajos arrancarían a fines de octubre), o, en realidad, la construcción se retrasará y comenzará recién en el primer trimestre de 2017.
En septiembre, el gobierno provincial anunció la adjudicación de la nueva Planta Cloacal de Río Cuarto. Después de que se presentaran cinco ofertas, la unión de empresas ganadora fue Martínez Lumello-Hidroconst, que propuso hacer la obra por 321,5 millones de pesos, una cifra que estuvo 14,5 millones de pesos por debajo del presupusto oficial.

El plazo de ejecución es de 24 meses.
Se trata de una obra muy esperada y sumamente necesaria para la ciudad. Río Cuarto venía tirando al lecho casi el 100 por ciento de sus desechos cloacales sin ningún tipo de tratamiento. Esa situación generó que el gobierno anterior, encabezado por José Manuel de la Sota, amenazara con llevar a la Justicia a los funcionarios del Emos -entonces el presidente era Carlos Ordóñez- por inacción y contaminación del recurso natural.
Sin embargo, cuando asumió Schiaretti anunció que la obra no podía ser encarada con recursos municipales y prometió financiarla desde la Provincia.

Qué dice la ley
La  ley 10.208, que regula la Política Ambiental, fue aprobada en 2014 como consecuencia del debate que había generado en toda Córdoba la instalación de  Monsanto. Los artículos que hablan de audiencias públicas y estudios de impacto ambiental son:
Artículo 13.- La Autoridad de Aplicación instrumentará como parte integrante de todo procedimiento administrativo de Evaluación de Impacto Ambiental, con carácter obligatorio y previo al otorgamiento o denegatoria de la Licencia Ambiental, audiencias públicas u otros mecanismos que aseguren la participación ciudadana de acuerdo a lo que establece la presente Ley.
Artículo 15.- Los proyectos públicos y privados consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier otra actividad comprendida en el listado que, compuesto de cinco (5) fojas forma parte de la presente Ley como Anexo I, deben someterse obligatoriamente al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, previo a su ejecución.

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