25 may 2014

Ley de bosques: rechazan pedido de inconstitucionalidad

La Voz del Interior (25/05/2014)
Ley de bosques: la Corte rechazó el pedido de inconstitucionalidad

Lo había presentado la Universidad Nacional de Río Cuarto. El tribunal objetó la legitimidad de la institución. No se expidió sobre el fondo del tema.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el pedido de inconstitucionalidad de la ley de bosques nativos de Córdoba, presentado por la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) el 31 de diciembre de 2010.
Los magistrados que firman el fallo del 20 de mayo pasado, rechazaron la petición in limine , es decir, que carece de requisitos legales o presenta defectos de forma.
La UNRC había solicitado que la Corte declarara inconstitucionales varios artículos de la ley 9.814, que la Legislatura provincial aprobó en agosto de 2010.
Según esta institución universitaria, la normativa provincial permite que en zonas de conservación del bosque nativo se realicen actividades que la ley nacional prohíbe, como la minería.
Entre otras objeciones, también sostiene que la ley provincial no respeta el criterio de sustentabilidad ambiental establecido por la norma nacional para realizar la categorización del monte autóctono.
En definitiva, la UNRC asegura que la ley provincial pone en riesgo “la extinción de 800 mil hectáreas de bosques nativos que quedan en la provincia, provocando la pérdida de la biodiversidad, de la productividad forestal y de los servicios ambientales”.

Legitimidad
La UNRC argumentó su legitimación en que persigue la protección de un bien o interés colectivo (los bosques nativos). Además, de que lo hace en calidad de “afectada” en los términos del artículo 43º de la Constitución Nacional y 30º de la Ley General del Ambiente.
También justificó que su estatuto universitario establece que debe propender a la defensa y protección del medio ambiente. Y que también, como parte del Estado, está obligada a ejercer este derecho.
Sin embargo, según la Corte Suprema, este accionar “excede las facultades propias de esa entidad autónoma, pues las personas públicas tienen un campo de actuación limitado por su especialidad”.
Los magistrados también descartaron que la UNRC esté “afectada” por el hecho.
“La UNRC no puede asumir la gestión de asuntos ambientales sin invadir las esferas de competencia institucional propias del órgano integrante del Estado Nacional con competencia específica en la materia, cual es, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable” de la Nación, indica el fallo de la Corte.
La presentación judicial de la UNRC llegó luego de que ambientalistas y biólogos denunciaron presiones de las agrupaciones rurales a los legisladores. En 2010, la Legislatura terminó sancionando una ley diferente de la que se había consensuado durante varias reuniones entre la Comisión de Asuntos Ambientales del cuerpo y la Comisión de Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo (COTBN).

Buena noticia
La semana pasada se conoció que la Provincia recibirá por primera vez desde 2010 los fondos nacionales para compensar a los dueños de predios con bosque nativo que realicen planes de conservación o aprovechamiento sustentable. Son 19 millones de pesos.

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