23 may 2011

Antenas: Confirman que Carlos Paz puede regular

Comercio y Justicia (23/05/2011)
Confirman que Carlos Paz puede regular instalación de antenas



El municipio puede ejercer el poder de policía sobre las edificaciones sin confrontar con la normativa que determina el marco de competencia del Poder Ejecutivo nacional a través de la ley de Telecomunicaciones.
La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones confirmó el rechazo de la acción declarativa de certeza iniciada por la empresa Telecom Personal SA en contra de la Municipalidad de la ciudad de Villa Carlos Paz.
La causa se suscitó a raíz del dictado de una ordenanza que le permite al municipio reglamentar las condiciones para el emplazamiento de antenas de telefonía celular.
En su momento, la actora pretendió que se despejara la situación de incertidumbre y lesión de derechos que, según adujo, le ocasionó el dictado de la ordenanza número 4454, sancionada por el Consejo Deliberante el 16 de junio de 2005.
Así, Telecom Personal SA consideró que debía declararse la inconstitucionalidad de la mentada normativa porque interfería con normas federales vigentes que regulan el desenvolvimiento de las telecomunicaciones.
Además, la SA pidió que se declarara su derecho a conservar, mantener y extender su red en la ciudad.
En tanto, el municipio ratificó la constitucionalidad de la ordenanza y manifestó que fue dictada en ejercicio de su autonomía.
A su turno, la Alzada recordó que se entiende por poder de policía la potestad jurídica en virtud de la cual el Estado impone por medio de la ley limitaciones al ejercicio de los derechos individuales, subrayando que le corresponde a las jurisdicciones locales la regulación de los emplazamientos físicos de las obras civiles.
“A la administración local le compete aprobar planos, regular la ubicación geográfica de las antenas conforme criterios de zonificación urbana, impacto visual y ambiental”, resaltó.

Ambiente
En esa inteligencia, la Cámara enfatizó que la Municipalidad de Carlos Paz era competente para reglamentar la instalación y emplazamiento de todos los elementos y accesorios que sirven a la red de telefonía móvil, ejerciendo el poder de policía sobre las edificaciones sin confrontar con la normativa que determina el marco de competencia del Poder Ejecutivo nacional a través de la ley de Telecomunicaciones.
En orden a la tutela ambiental, el tribunal expresó que las autoridades tienen la obligación de garantizar el derecho a un ambiente sano y equilibrado, advirtiendo que la accionante no cumplió con la legislación al respecto, que exige la presentación del aviso del proyecto ante la agencia Córdoba Ambiente y la aprobación del pertinente estudio de impacto.

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