18 feb 2010

Piden pena de prisión por la ex aceitera

El Puntal de Río Cuarto (18/02/2010)
Piden pena de prisión para Passarini por la ex aceitera

Ahora que se confirmó la presencia de residuos peligrosos, el intendente Jure acusó al empresario de actuar intencionalmente en la contaminación del ex complejo fabril y de afectar así la salud de la gente
Para la Municipalidad, Leonardo Passarini conoce a la perfección el daño ambiental y sanitario que está causando la planta de la ex Oleaginosa Río Cuarto, de la que es propietario, y actúa intencionalmente en contra de la ley. Por eso, ayer, cuando presentó ante el Juzgado Federal una denuncia por la presencia de residuos peligrosos en el ex complejo fabril, el gobierno de Juan Jure pidió que se le aplique al empresario el artículo 55 de la ley 24.051, que contempla penas de prisión de entre 3 y 10 años.
En un extenso escrito, que presentó el asesor letrado Jorge González Schiavi, la Municipalidad reveló ante la Justicia que los análisis científicos han confirmado la presencia de amianto en la ex aceitera, un “cancerígeno humano cierto”, tal cual lo califica la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer.
A partir de esos resultados, los abogados oficiales reclamaron que no sólo se juzgue la conducta de Passarini y de su empresa Campos y Hacienda S.A. -actual propietaria de las diez manzanas- sino que, además, se ordenen medidas urgentes de remediación que hagan desaparecer el peligro que el amianto representa para la zona sur de la ciudad.
El artículo 55 de la ley de residuos peligrosos, que el gobierno cita específicamente en la denuncia señala: “Será reprimido con las mismas penas establecidas en el artículo 200 del Código Penal, el que, utilizando los residuos a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, la atmósfera o el ambiente en general. Si el hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, la pena será de diez a veinticinco años de reclusión o prisión”.
Y el artículo 200 al que remite la ley de residuos peligrosos fija penas de prisión de tres a diez años.
Para el Municipio, no hay dudas de que Passarini actuó intencionalmente en contra de la ley. “El denunciado conoce perfectamente la trascendencia sanitaria y ecológica de las materias que están en su propiedad y no obstante, pasando por encima de las exigencias de la Constitución, de las leyes y del deber de preservar la salud y el ambiente, su constante actitud omisiva y desaprensiva, actuó a sabiendas, es decir con dolo y a conciencia de la injusticia y la ilegalidad de sus decisiones”, dice la denuncia presentada ayer.
Los abogados municipales sostienen que decidieron realizar la presentación penal después de que los informes técnicos confirmaran la presencia de amianto.
“Con fecha 10 de febrero de 2010, la Facultad de Ciencias Químicas de la Universidad Nacional de Córdoba se expidió sobre 3 de las 7 muestras, determinando que en dos de ellas existe la presencia de asbestos (amianto) (...)?Esta circunstancia reveladora de la presencia de amianto en la manzana 48 de la ex oleaginosa, a través de un comprobante cienítico irrefutable, nos obliga, en resguardo de la salud de la población, que la Justicia adopte medidas urgentes que garantice las acciones protectivas del ambiente obligando a repararlo”, se lee en los fundamentos de la denuncia.
El asesor letrado del intendente enumera los artículos que están incluidos en la Constitución Nacional, la Provincial, y en la Carta Orgánica y que resguardan específicamente la salud de la población y la integridad del medio ambiente. También detalla los tratados internacionales que apuntan en la misma dirección.
En su denuncia, el Municipio aclara que no considera a Passarini como generador de la contaminación sino que lo culpa por no haber hecho nada para revertir la presencia de residuos peligrosos y de haber ignorado cada pedido que se le hizo desde el Estado para evitar los riesgos que corre la gente.

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