29 jun 2009

Ruidos molestos: pensar en el prójimo

Diario Democracia de Villa Dolores (29/06/2009)
Ruidos molestos: pensar en el prójimo

La Municipalidad de Villa Dolores a través de la Dirección de Transito recuerda los alcances de la Ordenanza de Ruidos Molestos.-
Esta prohibido causar, producir o estimular ruidos innecesarios o excesivos que se propalen por vía aérea o sólida, afecten o sean capaces de afectar al público, por no encontrarse dentro de los limites de intensidad máxima permisibles de seguridad, sean en ambientes públicos o privados, cualquiera fuera la jurisdicción en que estos se ejerciten y el acto, hecho o actividad de que se trate.-
Las disposiciones de esta norma son aplicables a toda persona de existencia física o jurídica, esté o no domiciliada en este municipio, cualquiera fuere el medio de que se sirva, y aunque este hubiere sido matriculado, registrado, patentado o autorizado en otra jurisdicción.-
En su articulado, la ordenanza indica que toda propalación o difusión comercial realizada a viva voz con amplificadores o altavoces, tanto desde el interior de locales y hacia el ámbito público, como desde este, sea efectuado con vehículos o sin estos está absolutamente prohibido.-
Los ruidos innecesarios o excesivos causados, provocados o estimulados por menores de 18 años, responderán los representantes legales y/o quienes los tengan a su cuidado.-

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